EL TRIBUNAL DE APELACIONES TAMBIÉN ME DECLARÓ INOCENTE

Escrito por El Bocón en la sección Sociedad.

Publicado el 07/08/2020 22:19:12
EL TRIBUNAL DE APELACIONES TAMBIÉN ME DECLARÓ INOCENTE

Publico la parte sustancial de la acusación del fiscal Carlos Negro en el juicio por difamación en mi contra.

 

 C. Acerca de la responsabilidad del director del semanario “El  Bocón”.

Respecto de la denuncia formulada contra el redactor responsable del semanario “El Bocón”, Sr. Jorge Enrique Bonica Sierra, esta Fiscalía entiende que no corresponde la atribución de responsabilidades, en tanto la autoría de la nota resulta claramente al pie de la misma.

Por ende, el único sujeto del delito de comunicación, según establece el art. 25 de la Ley 16.099, es el autor de la comunicación, y sólo eventualmente lo será el responsable del medio.

Tal como propone el recordado profesor Eduardo Pesce, las hipótesis de responsabilidad del redactor responsable se limitan a las que derivan del incumplimiento de las obligaciones establecidas en los arts. 4, 5 y 9 de la Ley 16.099, las que importan la difusión de actuaciones, documentos o sentencias relativas a causas de filiación ilegítima, y la impugnación o contestación de estado civil, de adulterio u otras causales de divorcio, o de procesos relacionadas al pudor o la decencia. Y por último, aquellas en que infringen las disposiciones del art. 24 de la Ley, esto es el ocultamiento de la calidad de propietario, redactor o gerente responsable de un medio de comunicación.[1]

En todo caso podría entenderse que el medio -y su responsable- actuaron con ligereza o desconsideración, lo que en el peor de los casos, nos situaría en el campo de la culpa, mas nunca en el dolo que requieren las figuras de los arts. 333, 334, o incluso del art. 26 de la Ley 16.099.[2]

Por tanto, y al no verificarse ninguna de estas circunstancias en sede del denunciado Bonica, se descarta la formulación de cargos en su contra, solicitando su sobreseimiento en los términos del art. 33 de la ley 16.099.

 

EL DENUNCIANTE APELÓ Y EL TRIBUNAL DE APELACIONES DEJÓ FIRME LA SENTENCIA DE PRIMER TURNO

 

En esta instancia ocurrió algo realmente insólito para mí, ya que el tribunal falló a mí favor, pero ni siquiera entró directamente a manejar el expediente, ya que en el pedido de apelación, el denunciante, que es catedrático de la Facultad de Abogacía omitió en la misma, señalar la pena que solicitara para el denunciado (para mí).

Y ahí quedó claramente imposibilitado al tribunal de actuar y resolver, por lo que debió explicar eso mismo en el fallo y dejar firme lo resuelto por la jueza que en primera instancia había fallado.

Me hubiera gustado, que hubiera podido, y que los tres ministros fallaran del diferendo, ya que quedaría muy claro cómo debe actuar el periodista ante un caso similar.

El hecho fue que se presentó ante la redacción de El Bocón un señor, que pidió la publicación de una carta, en donde expresaba que lo habían estafado, su propia madre y hermanas asesorados por dos profesionales.

Firmó y se hizo responsable públicamente de su responsabilidad por sus dichos, y eso la ratificó en el juzgado.

Explicó además (para mí un importante detalle) que El Bocón no le había cobrado el espacio de la carta.

Sin embargo, los profesionales denunciantes empecinadamente, me responsabilizaron a mí, pretendiendo que yo hubiera probado la veracidad de los dichos de la carta antes de ser publicada.

El fiscal Dr. Carlos Negro fue contundente en su acusación hacia el autor de la carta y también contundente al pedir el sobreseimiento de mi persona.

En realidad, a pesar que fui declarado inocente, reitero, hubiera querido que el tribunal pudiera haber dado su fallo.

Sería importante el fallo, no solo para mí, sino también para todos los periodistas; y poder actuar con tranquilidad cuando se trata de la libertad de expresión.

De hecho, o mejor dicho, en los hechos, es imposible verificar mínimamente todo lo publicado con otra autoría.

Supongamos que le hacemos una entrevista a una autoridad del país, y que en la misma, el entrevistado nombra un hecho de apariencia delictiva a alguien y da nombres.

¿Qué deberíamos hacer?

¿No publicar la entrevista hasta verificar la veracidad de los dichos?

Es una locura, no se puede hacer periodismo de esa manera.

Este tipo de ataques (así los califico), ya que fueron seis audiencias, va influyendo notoriamente en mí.

Hoy una persona nos llamó para hacer una fuerte denuncia.

Que en una cooperativa de transporte se roba material de la misma para provecho propio de dirigentes.

El hombre dice tener las pruebas.

¿Qué hago?

¿Lo dejo hablar, y publico?

¿O tengo que investigar si lo que dice es verdad?

¿O mejor le digo que no y me evito problemas futuros?

Una barbaridad, sin duda, una barbaridad.

Agradezco profundamente la brillante labor de quién fue mi abogado, el Dr. Carlos Colmenero, que me dio una gran tranquilidad en todo momento, por sus conocimientos indiscutibles y su trato, que me trasladó un gran aplomo.

Y por último, decir que a mi humilde interpretación, el juicio no debió ser en el juzgado de Montevideo, debió ser en Minas, donde se edita El Bocón hace más de 25 años.

Pero, el Tribunal resolvió lo contrario, y marche preso.

En varias oportunidades, en situaciones similares, de denuncias presentadas en Montevideo, fueron enviadas a Minas.

En esta no.

¿Depende de quienes sean los que tienen que resolver?

No entendí, y me vi muy perjudicado.

Cuándo pienso que me citan a un juzgado acusado penalmente por una carta que hace un año y medio fue publicada en El Bocón, que yo no soy el autor…

Sin duda que cuando ocurren estos atropellos, es cuando más cerca estoy de poner fin a mi carrera periodística.

 

[1]Eduardo Pesce, en Ley de Prensa. FCU, Montevideo, 2013, págs. 216 y 217.

[2]Conforme Sentencia 339/98, de 10 de agosto de 1998, del TAP de 3er. Turno. En La libertad de prensa en la jurisprudencia uruguaya. Edison Lanza. FCU. Montevideo, 2004, págs. 142 y 143.

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