ENRIQUE ANTÍA SE PASA POR SUS TESTÍCULOS EL ESFUERZO DE CONTRIBUYENTES PARA PAGAR IMPUESTOS

Escrito por El Bocón en la sección Maldonado.

Publicado el 19/06/2020 18:45:16
ENRIQUE ANTÍA SE PASA POR SUS TESTÍCULOS EL ESFUERZO DE  CONTRIBUYENTES PARA PAGAR IMPUESTOS

Hay cosas que merecerían la intervención de la justicia de oficio. Que un fiscal tome este gasto como un verdadero delito de Abuso de Funciones, aún vigente en el código penal, ya que es algo realmente improcedente, que un intendente resuelva porque se le da la gana, gastar UN MILLÓN DE DÓLARES para auspiciar una carrera de autos en Punta del Este.

Es de locos o de corruptos, no hay más opciones.

O se trata de una determinación de alguien que no está en su sano juicio, que goza de tanta impunidad, que sin meditar un solo instante la situación real de sus conciudadanos, saca de su tesorería UN PALO VERDE, Y SE LO ENTREGA A LOS ORGANIZADORES DE UNA CARRERA INTERNACIONAL DE AUTOS EN Punta del Este.

Claro que los argumentos para esto que llama “una inversión”, es que la televisación la va a ver muchos millones de personas y es una gran vidriera internacional de nuestro principal balneario.

Ese curro ya se pasó de moda, ya muchos nos han clavado a los uruguayos, con Gustavo Trelles a la cabeza y los muchos millones de dólares que le pusieron en el bolsillo al minuano con el curro de ser campeón del mundo de una categoría de cuarta.

Ahora Enrique Antía dispone de la plata de los contribuyentes de la Intendencia de Maldonado, que muchos hacen convenios para poder pagar y no caer en el clearing de informes, y no son tres pesos, no, se trata de UN MILLÓN DE DOLARES.

El Tribunal de Cuentas observó el gasto en forma lógica, pero Antía, se murió de risa y reiteró el gasto, y gastó ese disparate de dinero.

Algún día, habrá que hacer una auditoría en la Intendencia de Maldonado y seguramente la sorpresa será total.

Pero la impunidad sigue vigente, y ahora, con la coalición multicolor en el poder, seguramente seguirá por cinco años el libertinaje de Antía si gana la intendencia, que parecería ser no la tiene nada segura.

 

 

 

 

 

 

RESOLUCION ADOPTADA POR EL

TRIBUNAL DE CUENTAS

EN SESION DE FECHA 26 DE ABRIL DE 2018

(E. E. Nº2014-17-1-0007439, Ent. N°1830/18)

VISTO: el Oficio Nº 692/18 de fecha 04.04.18 remitido por la Contadora Delegada en la Intendencia de Maldonado, relacionado con la reiteración del gasto emergente del auspicio otorgado por dicha administración, a la carrera de automóviles Formula Eléctrica Categoría E, realizada en Punta del Este el 17.03.18;
RESULTANDO: 1) que el Intendente, mediante Resolución Nº 925/2018 de fecha 01.02.18 dispuso otorgar el auspicio a la 6º fecha de la Cuarta Temporada del Campeonato Mundial de Fórmula E, a través del aporte de U$S 1:000.000 por todo concepto a Fórmula E Operation LTD, y mediante el pago de U$232.000 a la firma Midianur S.a. (Sportlink), para la realización, gestión y armado del circuito de carrera, en condiciones de homologación F.I.A.;
2) que este Tribunal, en Sesión de fecha 28.02.18, acordó observar el gasto, por considerar que la Resolución que compromete y dispone el gasto no fue sometida a intervención en forma previa a su notificación al representante de las firmas citadas en el Resultando anterior, en contravención a lo dispuesto por el artículo 69 del T.O.C.A.F. y 211 literal b) de la Constitución de la República;
3) que el Intendente, mediante Resolución Nº 02179/2018 de fecha 16.03.18, dispuso reiterar el gasto, señalando que el hecho de haberse notificado a las empresas de la Resolución que compromete y dispone el gasto, no implica en puridad a criterio de esa Administración, que se haya dado inicio a la etapa de ejecución del contrato;
CONSIDERANDO: 1) que el artículo 475 de la Ley 17.296 establece que los Ordenadores de gastos y pagos, al ejercer la facultad de insistencia o reiteración que les acuerda el literal B) del Artículo 211 de la Constitución de la República, deben hacerlo en forma fundada, expresando de manera detallada los motivos que justifican a su juicio seguir el curso del gasto o pago;
2) que el artículo 69 del T.O.C.A.F. es claro respecto a la obligatoriedad del previo cumplimiento del artículo 211 de la Constitución de la República.
El Tribunal observa el gasto.

También le podría interesar

Comentarios

Difunde esta noticia


-->